El sorteo que nos (des) une.

Como todos sabemos, y muchos esperan con aquella extraña mezcla entre ansia e ilusión, en 4 días, el domingo 22 de diciembre, se celebra el Sorteo Extraordinario de Lotería de Navidad, mediante el cual, este año 2019 se van a repartir 2.380 millones de euros. Lo primero, y antes de desearos la mayor de las suertes del mundo, vamos a pemitirnos la licencia de interpretar y analizar los aspectos que consideramos más importantes en lo que a este sorteo se refiera.

Para conseguir evitar llevarnos desagradables sorpresas -y para que no se nos atraganten los polvorones-, os facilitamos unos consejos legales básicos a la hora de comprar un décimo de lotería -o varios, para los más experimentados-…

 

Estas son las prevenciones legales más esenciales a la hora de compartir un décimo:
  • Guardar pruebas. Primero, y aunque parezca una obviedad, para los décimos tradicionales, debemos comprobar que éste sea auténtico, que tenga logo, código y todos los elementos de verificación. Por el contra, si optamos por la compra online, es muy recomendable asegurarnos de que la web sea segura y que esta tenga, al menos, un nombre o razón social, NIF o CIF del titular, dirección completa, número de teléfono y correo electrónico donde nos podamos dirigir en caso de existir alguna anomalía o incidencia. Al finalizar la compra es aconsejable guardar los correos electrónicos de confirmación y capturas de pantalla.
  • Compartirlo con amigos o familiares por WhatsApp. Actualmente, es el caso más frecuente. Pues bien, con el fin de evitar sorpresas -de las desagradables-, recomendamos tener identificados a todos los miembros del grupo del chat, y que aparezcan tanto el nombre como los apellidos de la persona depositaria del décimo -es decir, el que guarda lo guarda-, que ésta haga una captura del número a la perfección –con el número de serie, la fracción, código, etc.-, y además, es importante que en el chat se concrete la cantidad de dinero o porcentaje que ha aportado cada persona del grupo por la compra del décimo -aunque normalmente se compre a partes iguales-.

 

Además, es conveniente tener en cuenta otros aspectos importantes a la hora de participar, son los siguientes:
  • ¿El décimo caduca? Sí, por lo tanto, no es conveniente retrasarnos mucho a la hora de »pasar por caja», además, dependiendo de la cuantía del premio o del importe de la participación, se cobrará en un lugar o en otro. En consecuencia, debemos ser muy prudentes y no olvidar revisar o ir a cobrar los décimos que puedan estar premiados, ya que pasados los 3 meses desde el día siguiente a la fecha del sorteo se pierde el derecho a recibir el premio -salvo muy contadas excepciones-. A modo informativo -y para no variar- el importe de los premios no reclamados o vendidos se lo queda el Estado en beneficio del Tesoro Público.
  • Me ha tocado, ¿dónde y cómo cobro el premio? En el supuesto de que el premio obtenido no alcance la suma de 2.500€, podremos cobrarlo en cualquier punto de venta de la red de Loterías; pero, para importes iguales o superiores, el ganador deberá acudir a las entidades financieras concertadas con Loterías y Apuestas del Estado, las cuales no podrán cobrar ninguna comisión, ni exigir contraprestación alguna. En el caso de participaciones, la cantidad se reclama en la entidad, colegio o lugar donde se hayan comprado. Es importante, a la hora de cobrar un premio compartido, identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación, a fin de que los bancos puedan abonar el premio entero en la cuenta de la persona titular en ese banco y que después repartirá según lo convenido.
  • Estoy casado, ¿afecta en algo que me haya tocado? En el caso de que le toque la lotería a uno de los dos cónyuges, el premio se repartirá dependiendo del régimen matrimonial que estos tengan establecido. Si es en régimen de separación de bienes, se interpreta que el décimo y su premio es de la persona que ha adquirido el número, pero, si por contra es el régimen de gananciales el que rige su matrimonio, la ley presume que el décimo pertenece a los dos cónyuges y, por tanto, las ganancias irán a medias -salvo casos muy excepcionales-.
  • Se me ha estropeado el décimo, ¿qué hago? En estos casos, depende de lo deteriorado que esté, pero tiene solución, aunque no es un proceso sencillo. Primero se debería informar a través de la solicitud de pagos de premios a Loterías del Estado para que lo autentifiquen. Allí se efectuarían las pertinentes pruebas y, en caso de duda, lo llevarían a La Casa de la Moneda y Timbre para comprobar su autenticidad. Pero todo depende de lo deteriorado que esté para que sea posible hacer una peritación. En el caso de que La Casa de la Moneda y Timbre »de el visto bueno», autorizará el pago del premio sin ningún problema, únicamente con más demora de lo normal.
  • Este año pagaremos menos impuestos. Desde el año 2013, y en premios por importe superior a 2.500 €, se debía tributar por este tipo de ganancias. Pero desde este año, en cambio, la ley dispone que están exentos los primeros 20.000€ –el año pasado eran 10.000€-, mientras que a partir de dicha cantidad se tributa a un tipo impositivo del 20%. A modo de ejemplo, los 400.000€ que reparte un décimo premiado con ‘El Gordo’, el importe neto que vas a recibir es 324.000€ tras descontar la parte que se queda el fisco.
  • Cuidado con el hecho de donar parte del dinero. Supongamos que nos toca un buen pellizco y queremos compartir el premio con algún familiar o amigo. Pues bien, para estos casos, debemos tener en cuenta las consecuencias fiscales de dicha donación, puesto que serán un gasto más que hará que la cuantía neta final se reduzca todavía más. Un ejemplo típico lo conforma el grupo de amigos que no puede demostrar que el décimo es compartido, en este caso, deberemos tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones el tipo impositivo dependerá de la CCAA-. Por eso, como anteriormente hemos aconsejado, y para el caso de los décimos compartidos, recomendamos que todos los participantes acudan a cobrar el premio, con el fin de evitar que Hacienda lo considere como donación.

.

Y ahora… ¡sólo nos queda desearos suerte!

Para cerrar este post tan diferente -y extraordinario, como lo es el Sorteo de Lotería de Navidad-, no queríamos terminar sin desearos unas ¡Felices y legales fiestas de Navidad, así como un próspero Año 2020!, estando plenamente seguros, de que vendrá lleno de éxitos y objetivos logrados, así como nuevas e ilusionantes metas, tanto personales como profesionales.

 

Por último, y ahora sí que sí, ¡mucha suerte a los que participéis! Y recordad, »el mayor premio es compartirlo», pero con varios matices, como ya sabéis…

 

Seguimos a vuestra disposición en nuestras oficinas de Burgos -Calle Vitoria 17- y Lerma (Burgos) -Calle Barco 2-, así como en las redes sociales FacebookInstagram o Página web.

¡Gracias por leernos un año más! ?

.

.