Pedir un aumento de sueldo a la empresa, ¿motivo legal de despido?

Algo tan común como pedir a nuestra empresa un aumento de salario, es lo que le llevó a una trabajadora a accionar contra despido, solicitando la nulidad del mismo, así como la indemnización por daños morales sufridos. ¿Qué ha declarado el tribunal? ¿Es justa la decisión de la empresa? ¿Qué consecuencias jurídicas derivan de esta situación? Te lo aclaramos.

El supuesto

Una trabajadora del sector de la hostelería propone al empresario una reunión para tratar un asunto relativo a sus condiciones laborales. Concretamente, el día 5 de julio, la empleada mantiene una conversación con el gerente de la empresa para la que presta servicios, en la que solicitó un aumento de sueldo, por la realización de funciones de categoría superior que esta desarrollaba durante su jornada laboral. Hasta ahí, todo normal.

La respuesta del empresario, para sorpresa de la trabajadora, fue que la petición no iba a ser posible de llevarse a cabo, y que tenía a su disposición el finiquito, entendiéndose así extinguida la relación laboral de manera unilateral -por parte de la empresa-.

De manera posterior, la trabajadora presenta la preceptiva papeleta de conciliación ante el SMAC dentro de los 20 días hábiles que la ley contempla para este tipo de reclamaciones judiciales, la cual tuvo el resultado de »intentada sin efecto». Tras este requisito procedimental, la empleada interpone la correspondiente demanda, accionando contra despido y solicitando que se declarase la nulidad del despido -efectos jurídicos: readmisión inmediata y pago de los salarios de tramitación-, y subsidiariamente, la improcedencia del mismo -efectos jurídicos: opción entre readmisión y pago de los salarios de tramitación ó abono de la indemnización de 33 y/o 45 días de salario por año de servicio-.

La resolución

El Juzgado de lo Social, efectivamente, estima en parte la demanda presentada por la trabajadora, declarando la improcedencia del despido practicado por la empresa demandada, con el correspondiente abono de la indemnización -por despido improcedente- a causa de la extinción de la relación laboral.

No estando conforme con la decisión de primera instancia, la empleada interpone, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la sentencia referenciada, recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, alegando, entre otros motivos, la infracción de norma sustantiva o de la jurisprudencia -conforme al art. 193.c) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, por vulneración de los preceptos 24.1 CE y 5.c) del Convenio 158 OIT-.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia entiende probado que »la trabajadora fue despedida por el mero hecho de pedir un aumento de sueldo por realización de funciones de categoría superior…». Lo cual, y de manera clara, vulnera la denominada garantía de indemnidad -art. 24 CE-, es decir, la imposibilidad de adoptar medidas de represalia derivadas del ejercicio por el trabajador de la tutela de sus derechos.

 

Finalmente, y a consecuencia de todo lo expuesto, se condena a la empresa a la inmediata readmisión de la trabajadora con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido, así como al pago de 1.000€ por el daño moral sufrido por la empleada.

¿Qué os ha parecido la decisión final? ¿Es justa o injusta?

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Esperamos que os haya resultado interesante, dado que es una situación que puede ocurrirnos a cualquiera de nosotros. Recordaros que, ante cualquier duda o cuestión laboral, como en casi todos los aspectos de la vida, »vale más prevenir que curar», y en este ámbito, más si cabe.

 

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Como siempre, ¡gracias por estar ahí,y hasta la semana que viene!

 

Para los más curiosos, adjuntamos la sentencia completa: Sentencia 96/2018 del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Social.